Permisos retribuidos.  Indemnización vehículo propio.

Aclaración sobre el ámbito temporal de la actualización “kilometraje”.

La Orden HFP/792/2023, de 12 de julio, publicada en BOE de 17 de julio de 2023, revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular que viene establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Nos habéis planteado dudas sobre si esta Orden:

¿Cuál es la cuantía actual?

El importe de la indemnización queda fijado en:

  • 0,26 euros por kilómetro recorrido por el uso de automóviles.
  • 0,106 euros por kilómetro recorrido por el uso de motocicletas.

¿Es de aplicación directa o tiene que ser acordada por negociación colectiva?

El reconocimiento del derecho a percibir dieta por kilometraje viene establecido en la mayoría de los convenios colectivos.

El Real Decreto que ha quedado modificado, establecía en su art. 18 las cuantías por indemnizaciones por este concepto.

Según el ámbito de aplicación del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, al personal que preste sus servicios, con independencia al tipo de relación (permanente, interino, temporal, prácticas…), podrá aplicarle estas cuantías.

Hablamos del personal funcionario, pues para el personal laboral nos remite a lo previsto en convenio colectivo o normativa específica.

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