Definición del Sindicato Avanza

Principios rectores y marco normativo

El sindicato AVANZA se define como una entidad independiente de cualquier otra organización política, sindical, religiosa o social, con los únicos fines determinados en sus estatutos.

Su funcionamiento se inserta en el marco constitucional y se sustenta en principios democráticos de participación, transparencia, pluralidad, sin ánimo de lucro y que garantiza la autonomía de las personas físicas que la constituyen. Ello, sin perjuicio del carácter vinculante que tienen los acuerdos que adopten válidamente los órganos rectores de la organización, en las materias que afectan a la misma o al interés común de los afiliados/as y otros posibles del interés general del personal que presta servicios en su ámbito de aplicación.

El sindicato Avanza se sujeta a las disposiciones que se establecen en sus estatutos y demás normativa concordante, dotado de la capacidad jurídica y de la capacidad de obrar necesarias para la realización y consecución de sus fines. El contenido de sus estatutos obliga a toda su afiliación.

Ámbito territorial

El sindicato AVANZA desarrolla su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Ámbito funcional o sectorial

El sindicato AVANZA se constituye para desarrollas su actividad en el ámbito de:

  • Las administraciones públicas.
  • Cualquier otra entidad de naturaleza empresarial, sujetas al derecho público o privado, en el ámbito de cualquiera de los sectores productivos existentes en su ámbito territorial.

Finalidad

El sindicato Avanza se constituye para la defensa de los intereses generales de los trabajadores/as dentro de su ámbito funcional, así como la tutela y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios.

Entre otros, los fines del sindicato serán

  1. Representar a su afiliación, interviniendo en las relaciones laborales y contribuyendo a la defensa y a la promoción de los intereses profesionales, laborales, económicos, sociales y culturales, tanto individuales como colectivos, que le son propios.
  2. Fomentar la solidaridad de la afiliación promocionando y creando servicios comunes de naturaleza asistencial.
  3. Programar las acciones adecuadas para conseguir mejoras sociales, laborales y económicas para la afiliación y los trabajadores y trabajadoras, en general.
  4. Mantener el contacto necesario y trato con otras organizaciones afines, de cualquier ámbito territorial, con el objetivo de prestarse colaboración mutua y también intercambiar experiencias en materia profesional, sindical o cualquier otra que redunde en el beneficio del sindicato y de sus afiliados/as.
  5. Defensa del sector público en Asturias interviniendo, en la medida de sus posibilidades, para garantizar su eficacia y su eficiencia, así como la prestación de servicios de calidad para la ciudadanía.
  6. Ejercer la actividad sindical, siendo su expresión una serie de derechos como los de huelga, presentación de conflictos de colectivos, de reunión, negociación colectiva laboral, adopción de medidas de conflictos colectivos e individuales de trabajo, formación para el empleo, presentación de candidaturas para la elección de comités de empresa, juntas de personal y delegados de personal en los términos previstos en las normas correspondientes, diálogo social y participación institucional en los organismos públicos o entidades privadas correspondientes.
  7. La actividad sindical estará orientada principalmente, al diálogo social, al fomento del empleo en su ámbito de actuación, a la participación general de afiliados y afiliadas y al asesoramiento de las secciones sindicales dentro de las siguientes materias:
    1. Desarrollo de convenios y acuerdos colectivos.
    2. Condiciones laborales en todas las materias propias, como puedan ser entre otras, las relativas jornada de trabajo, vacaciones, permisos, seguridad y salud en el trabajo, planes de acción social o formación profesional.
    3. Ofertas públicas de empleo y fomento de acciones formativas encaminadas a la participación y preparación para el acceso al empleo y la promoción profesional.
    4. Conciliación de la vida laboral y familiar.
    5. Desarrollo e implantación de planes de igualdad.
    6. Negociación de bases generales y específicas de provisión de puestos de trabajo.
    7. Relación de puestos de trabajo
    8. Evaluación del desempeño.
    9. Carrera profesional.
    10. Valoración de puestos de trabajo.
    11. Manuales de funciones.
    12. Negociación de modificaciones o cambios que impliquen alteraciones estructurales, de reasignación de efectivo, creación, modificación y/o amortización de puestos.
    13. Negociación de modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.
    14. Asesoramiento en los convenios colectivos y/o acuerdos colectivos.
    15. En general, cuantas otras materias correspondan, en el cumplimiento de sus fines y en el ámbito de las relaciones laborales, para la defensa de los derechos y reivindicaciones de los trabajadores y trabajadoras de su ámbito funcional, así como también para la promoción, divulgación y defensa de los servicios públicos.

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